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Recursos para el empleo de las personas con discapacidad

Contratación indefinida para trabajadores minusválidos.

Requisitos del trabajador
· Trabajadores declarados minusválidos por el Organismo competente, con una disminución en su capacidad de trabajo igual o superior al 33%.
· Ser desempleado inscrito como demandante de empleo en la Oficina del ServicioPúblico de Empleo correspondiente.
· No ser cónyuge ni pariente por consanguinidad o afinidad hasta el 2º grado, del empresario o de quienes sean miembros de los órganos de dirección o administración de la empresa, ni uno de éstos.
· No haber prestado servicios con contrato indefinido en la misma empresa o grupo deempresas en los 24 meses anteriores a la formalización del contrato subvencionado.
· No haber finalizado una relación laboral indefinida en los tres meses anteriores a la for-malización del contrato subvencionado.
· No ser una relación laboral de carácter especial prevista en el art. 2.1 de Estatuto de los Trabajadores.
· Requisitos de la empresa
· Formalizar el contrato por escrito por tiempo indefinido a jornada completa o a tiempo parcial.
· Solicitar el trabajador a la correspondiente Oficina de empleo.
· En empresas de nueva creación el número de trabajadores no podrá superar el 51% deltotal de los trabajadores de la plantilla, excepto en el caso de que el trabajador minus-válido sea el único componente de la misma.
· Mantener la estabilidad de estos trabajadores por un período mínimo de 3 años y, encaso de despido procedente, sustituirlos por otros trabajadores minusválidos.
· Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de SeguridadSocial.
Incentivos
· Subvención de 3.907 € por cada contrato celebrado a tiempo completo, o la parte pro-porcional que corresponda si el contrato se celebrase a tiempo parcial.
· Incentivo adicional de 800 € a la anterior subvención de 3.907 €, si en el trabajador minusválido contratado concurre una o varias de las siguientes circunstancias:
    - Si es mujer.
    - Si la discapacidad acreditada es psíquica o está calificada como enfermedad mental.
    - Si la discapacidad, siendo física o sensorial, presenta un grado de minusvalía igualo superior al 65%.
· Bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, incluidas las de accidente de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta, durantetoda la duración del contrato, en los siguientes porcentajes:
    - 70% para trabajadores menores de 45 años; si se trata de mujeres, la bonificaciónes del 90%.
    - 90% para trabajadores mayores de 45 años; si se trata de mujeres, la bonificaciónes del 100%.
· Subvención para la adaptación de puestos de trabajo o dotación de medios de protec-ción personal de hasta 902 €.
· Deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades en la cantidad de 6.000 € por cada persona/año de incremento del promedio de la plantilla de trabajadores minusválidos contratados.
· Estos contratos podrán acogerse a la reducción de la indemnización por despido prevista en la Ley 63/97, que será de 33 días de salario por año de servicio.
Normativa
· R.D. 1451/83, de 11 de mayo, que regula el empleo selectivo y las medidas de fomento deempleo de trabajadores discapacitados.
· O.M. de 13/4/94, por la que se regula la concesión de las ayudas y subvenciones sobrefomento de empleo de la trabajadores minusválidos que establece el Capítulo II del R.D.1451/1983, de 11 de mayo.
· R.D. 4/99, de 8 de enero, por el que modifica el artículo 7 del R.D. 1451/83.
· Ley 24/2001, de 28 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y de orden social.
· Ley 46/2002, de 18 de diciembre, de reforma parcial del IRPF y por el que se modifican las Leyes del los Impuestos de Sociedades y sobre la Renta de no Residentes. (Artículo quincuagésimo séptimo: modificación del art. 36 bis. Deducción por creación de empleo para trabajadores minusválidos).
· R.D. 170/2004, de 30 de enero, por el que se modifica el R.D. 1451/83, de 11 de mayo.
· Decreto 47/2004, de 9 de marzo, del Gobierno de Aragón, para la promoción de la contratación estable y de calidad.
· Orden de 11 de febrero de 2005, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan para el año 2005 las subvenciones reguladas en el Decreto 47/2004, de 9 de marzo, del Gobierno de Aragón, para la promoción de la contratación estable y de calidad.

Fuente de información:
"Recursos para el empleo de las personas con discapacidad".
Editado por:
Instituto Aragonés de Empleo.
Departamento de Economía, Hacienda y Empleo.
Gobierno de Aragón.
Abril 2005.
Depósito Legal:Z/1.065/2005.

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